¿Qué papeleo hay que hacer para poner placas en Cataluña?
Menos de lo que parece, y nos encargamos nosotros. Estos son los pasos, para que sepas en qué punto está tu instalación.
1. Ayuntamiento: comunicación previa
En Cataluña, desde el Decreto-ley 16/2019, las placas en la cubierta de un edificio se tramitan normalmente con una comunicación previa, no con licencia de obras. La condición es que vayan paralelas al tejado inclinado o, en cubierta plana, que no superen un metro de altura.
Los edificios protegidos o los entornos con protección patrimonial pueden necesitar licencia. Lo comprobamos antes de empezar.
2. Legalización ante la Generalitat
Cuando acabamos la obra, el instalador emite el certificado de la instalación eléctrica y se tramita el alta de la instalación de autoconsumo, que queda inscrita en el Registro de Autoconsumo de Cataluña.
3. Distribuidora y compensación
Para instalaciones de vivienda en baja tensión, la Generalitat envía los datos a la distribuidora, que actualiza tu contrato de acceso. No tienes que ir a la oficina de la distribuidora. Además, las instalaciones con excedentes de hasta 15 kW en suelo urbano no necesitan permisos de acceso y conexión.
Después, tu comercializadora activa la compensación de excedentes. A partir de ahí verás el descuento en la factura.
4. Bonificaciones municipales
Muchos ayuntamientos bonifican el ICIO, el impuesto de la obra, y el IBI durante unos años. Cada municipio tiene sus porcentajes y requisitos: los revisamos y te tramitamos la solicitud.
¿Cuánto tarda y puedo usar las placas mientras tanto?
En nuestra experiencia, desde la puesta en marcha pasa alrededor de un mes hasta que la compensación está activa. Depende de la Administración, la distribuidora y la comercializadora.
Mientras tanto, la instalación ya funciona y alimenta tu casa. Lo único que hacemos es limitar la exportación a la red hasta que el alta esté completa, para no regalar energía antes de que te la puedan descontar.

