¿Me bajan el IBI y el ICIO por poner placas solares?

17.09.2026

En muchos municipios, sí. Pero no es automático ni igual en todas partes: cada ayuntamiento decide en su ordenanza fiscal cuánto, cuántos años y con qué condiciones.

Qué permite la ley

  • IBI, el impuesto anual de tu casa: hasta un 50 % de rebaja.
  • ICIO, el impuesto que se paga una vez por la obra: hasta un 95 % de rebaja.

Son máximos. Cada ayuntamiento puede dar menos, poner topes en euros, pedir una potencia mínima o no dar nada.

Cuándo sí y cuándo no

  • Hay que pedirlo. En casi todos los municipios no se aplica solo.
  • El ICIO se pide antes o al empezar la obra, junto con la comunicación previa. En Barcelona, pedirlo después se considera fuera de plazo y se pierde.
  • El IBI se pide con la instalación terminada y legalizada, es decir, inscrita en el Registro de Autoconsumo de Cataluña. Muchos municipios tienen plazos cortos.
  • No se concede si las placas eran obligatorias, como pasa en muchas obras nuevas por el Código Técnico de la Edificación.
  • La rebaja del ICIO suele afectar solo a la parte solar del presupuesto. Barcelona, por ejemplo, deja fuera las baterías.
  • Casi siempre hay tope: un máximo de euros al año o un porcentaje del coste de la instalación.
  • En comunidades de propietarios, hace falta el acta con el reparto entre vecinos.

Municipios de nuestra zona (ordenanzas 2026)

  • Barcelona: IBI 50 % durante 3 años si lo pides en los 6 primeros meses desde la inscripción en el registro de autoconsumo; 2 años si lo pides entre los meses 6 y 12; nada después. ICIO 95 %, antes de empezar la obra.
  • L'Hospitalet: IBI 50 % durante 5 años si las placas cubren al menos la mitad de tu consumo. Plazo de 6 meses desde la puesta en marcha. ICIO 95 %.
  • Badalona: IBI hasta 50 % durante 4 años, con tope de 300 € al año hasta 10 kWp. ICIO 95 %.
  • Terrassa: vivienda individual, 10 % del IBI durante 1 año; autoconsumo colectivo, 50 % hasta 5 años. Exige haber pedido las subvenciones que haya abiertas. ICIO 50 % de la parte solar.
  • Sabadell: IBI 50 % durante 5 años, con tope de 600 € al año y mínimo de 1,5 kWp. Si lo pides tarde, pierdes los años que ya han pasado. ICIO 95 %.
  • Mataró: IBI 50 % durante 3 años, con tope de 750 € al año. ICIO 95 % con tope de 200 €. Plazo de 3 meses desde la inscripción en el registro.
  • Sant Cugat: IBI 40 % hasta 5 años en vivienda individual, si cubres la mitad de tu consumo; 50 % hasta 7 años en comunidad. Se pide hasta el 15 de junio. ICIO hasta 95 %.
  • Granollers: IBI 50 % durante 5 años, con tope de 200 € al año en casa y 250 € en piso. Plazo: 31 de diciembre del año anterior. ICIO 95 %.
  • Manresa: IBI 50 % durante 4 años, con tope de 200 € por kW y 2.500 € al año. La comunicación de obras tiene que ser anterior a la instalación. ICIO 95 %.
  • La Garriga: IBI 50 % durante 5 años, con tope de 300 € al año, solo para personas físicas. Se pide a la ORGT de la Diputació. ICIO 40 %.
  • Rubí: IBI 50 % durante 5 años, con tope de 500 € al año. ICIO 95 % de la parte solar.
  • Castelldefels: IBI 50 %, con un máximo de 400 € por instalación, hasta 5 años. ICIO 95 %, a pedir como máximo un mes después de empezar la obra.
  • Vilanova i la Geltrú: vivienda individual, 10 % del IBI durante 2 años, y 30 % si formas parte de una comunidad energética. Plazo de 3 meses. Sin rebaja del ICIO por placas.
  • Cerdanyola del Vallès: solo si los propietarios ingresan menos de dos veces el salario mínimo. IBI 40 % durante 5 años, con tope de 300 € al año en casa. Plazo: 31 de enero.

Las ordenanzas cambian cada año. Esta lista está revisada en septiembre de 2026 con los textos oficiales.

¿Y si mi municipio no está en la lista?

Muchos ayuntamientos de la provincia tienen bonificación, y en bastantes el IBI lo gestiona la ORGT de la Diputació de Barcelona, no el ayuntamiento. Te miramos la ordenanza de tu municipio antes de empezar y tramitamos las solicitudes a tiempo.

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